1 de julio de 2024

Tirando Deportes

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Confirmadas las sanciones del Tribunal de Disciplina

Se publicaron las decisiones del conflicto de Banda Norte y Acción Juvenil.

Hace no mucho, un lamentable y bochornoso episodio sucedió en la cancha del «Aurinegro» cuando Gaspar Manchado golpeó con una patada la espalda de Maxi Tóffolo, que estaba tirado en el piso producto de un dolor en una de sus piernas.

Tras esto, el Tribunal tomó la decisión de inhabilitar provisoriamente al mencionado jugador «Verde» y también a Guillermo Rivarola, integrante del cuerpo técnico de Facundo Ponce, en una medida preliminar para que los mencionados implicados puedan dar su descargo y mostrar las pruebas para defender su sanción.

Y el pasado Martes, luego de la recabación de información, se esgrimió la decisión de las sanciones:

A Manchado se lo inhabilitó por siete partidos por sus actos según bases del articulo 200 del reglamento, y a Rivarola se le quitó responsabilidad de acción ya que demostró a través de filmaciones de video y su propio testimonio, la inocencia de su actos. Por esto, se llamó a Fabio Alejandro Lucero a ser incluido en el programa de seguridad «Tribuna Segura», regulada por el COSEDEPRO, para que este no pueda estar dentro de un campo de juego regulado por la Liga Regional por un plazo de un año.

Las resoluciones completas:

Boletín N° 6 / 2024

Primera A
Darío Bringas – DT Atenas | Art. 186 | 3 partidos
Cristian Acosta – Banda Norte | Art. 201 | 2 partidos
Matías Acosta – Atl. Sampacho | Art. 201 | 2 partidos

INFORMACIÓN PARA CLUBES
RENATO CESARINI A – ATENAS A: En virtud de nota presentada por RENATO CESARINI A en la Copa de Oro partidos de categorías Juveniles entre RENATO CESARINI A – ATENAS A el 29 de marzo de 2024, responsabilidad de Atenas A en tardanza en el inicio de los partidos, se presenta el Delegado de ATENAS A dando las explicaciones del caso, este Tribunal resuelve: 1º – Aplicar una amonestación al Club S. y B. ATENAS A

ACCION JUVENIL – BANDA NORTE: En virtud de las declaraciones realizadas por el señor GUILLERMO RIVAROLA ZAVALA (6313564) y lo presentado en el video del hecho, este Tribunal libera de toda responsabilidad al señor GUILLERMO RIVAROLA ZAVALA en los hechos sucedido y establece que el responsable de los hechos sucedidos es el señor FABIO ALEJANDRO LUCERO DNI 27.054.689 este Tribunal resuelve:
1º – Solicitar al COSEDEPRO que el señor FABIO ALEJANDRO LUCERO DNI 27.054.689 sea incorporado al Programa Tribuna Segura por el término de un (1) año. A partir de la publicación del presente Boletín.